IER SAN SEBASTIÁN DE URABÁ – NECOCLI, ANTIOQUIA

NECOCLI - ANTIOQUIA

Fundamentos

Fundamentos

La Institución Educativa Rural San Sebastián de Urabá trabaja en unión de la comunidad, es decir, padres de familia, maestros y alumnos, siendo este el eje central de todo proceso enseñanza aprendizaje.

La Institución debe ser centro de formación social, ética y moral, técnico y cultural de una sociedad emprendedora, con ganas de luchar y adquirir nuevos comportamientos que sirvan de pilar para los hombres del mañana. (Art. 21 Constitución Nacional.)

Se deben planear objetivos y para lograrlo se necesita personal especializado, que no se guíen por unos contenidos sino por la realidad en que vive, despertando en el niño esa capacidad socio – afectiva, cognitiva y creadora, para que en un futuro construya nuevos caminos que vayan en pro de su comunidad y en la solución de sus problemas.

En todo proceso enseñanza aprendizaje se debe buscar la eficiencia de los alumnos llevando a cabo una evaluación continua y cualitativa; teniendo los procesos que se desarrollan en el aula de clase; observación, experimentación

análisis , retroalimentación, síntesis, etc., se estará formando seres con capacidad de pensar, crear, evaluar; donde proponga y promueva actividades que vayan en bien de su Institución, de acuerdo al grado de desarrollo de cada uno; con el fin de que saquen a flote y encaminen sus aptitudes hacia donde tengan más potencialidad .

Buscamos pues, alumnos que se proyecten a la comunidad con capacidad de liderazgo , espíritu critico, investigativo, reflexivo y objetivo; que al autoevaluarse tengan en cuenta su parte afectiva, pongan en práctica sus valores, sus normas de cortesía, el respeto a los demás compañeros y a la comunidad en la cual se desenvuelve (Art. 5º fines 11,12,13).

No debemos olvidar que en la educación, la familia juega un papel importante como núcleo fundamental de la sociedad; los padres deben ser los gestores primordiales en la formación y preparación de sus hijos, por lo tanto no deben olvidar ese gran derecho que tienen los niños(as), vinculándolos a instituciones donde lleven a cabo los fines y objetivos establecidos en la Constitución Nacional.

Para lograr una buena calidad en la educación, se requieren padres comprometidos con la educación de sus hijos en toda la extensión de la palabra, ejecutores activos de programas, actividades, proyectos etc. En conclusión, ser otro maestro para su hijo.

Queremos anotar que cuando hablamos de padres comprometidos nos referimos también a aquellos que se mantienen en contacto permanente con los profesores, buscando acciones de mejoramiento, aportando ideas que conlleven a un mejor desarrollo cualitativo de todos los entes que conformen el proceso educativo; participando activamente con consejos directivos, asociaciones, comités para velar por la adecuada prestación del servicio educativo. (Art. 7; ley 115).

Como se había dicho en un párrafo anterior, el maestro debe ser orientador de un proceso de formación, enseñanza y aprendizaje de los educandos, que esté acorde con todas las expectativas sociales, culturales, éticas y morales de una familia y de una sociedad.

Pero no debemos olvidar que para lograr los objetivos propuestos satisfactoriamente, el maestro necesita recibir una capacitación y actualización profesional; así nos vemos comprometidos a mejorar permanentemente el proceso educativo aportando ideas y sugerencias, llevando a la práctica todos los proyectos y actividades institucionales (Art. 104, ley 115).

Para que el educador desarrolle mejor sus planes necesita de un director que le ayude a coordinar y ejecutar las actividades y programas, que ofrezcan información oportuna a la sociedad y a los padres de familia, para que puedan elegir la mejor educación para sus hijos, que establezcan criterios para la actualización y perfeccionamiento del personal docente; así como asesora y guía, debe también velar por el cumplimiento de sus secciónales, y por último debe evaluar, retroalimentar y controlar los resultados de los planes y proyectos educativos (Art. 148, ley 115).